Importadores

Importadores

Importadores

Usted se considera un importador si:

  • adquiere un producto químico directamente de un distribuidor con sede fuera del EEE y lo introduce en el territorio del EEE.

Usted no se considera un importador si:

  • su distribuidor con sede fuera del EEE ha nombrado a un representante exclusivo con base en el EEE para registrar la sustancia. En ese caso se le considerará un usuario intermedio.

Sus obligaciones dependen del tipo de producto que importe (sustancias, mezclas o artículos). Lea más sobre este tema en la página de inicio para importadores.