Importadores
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REACH
- Comprensión de REACH
- Identificación de la sustancia
- Registro
- Evaluación
- Autorización
- Restricción
- Comunicación en la cadena de suministro
- Sustancias de la lista de sustancias candidatas en artículos
- Legislación
- Los ensayos con animales en el ámbito de REACH
- Cumplimiento
- Nanomateriales
- Evaluación de las necesidades reglamentarias
- PBT assessment
- Endocrine disruptor assessment
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Cooperation with authorities and stakeholders
- RIME+ Platform
- Grupo de expertos en PBT (sustancias Persistentes, Bioacumulable, Tóxicas)
- Grupo de expertos en sustancias que alteran la función endocrina
- REACH Exposure Expert Group
- Grupo de trabajo PETCO
- Plastic additives initiative
- Metals and Inorganics Sectoral Approach
- ECHA-CEFIC collaboration on dossier compliance
- Sustancias potencialmente preocupantes
Importadores
Importadores
Usted se considera un importador si:
- adquiere un producto químico directamente de un distribuidor con sede fuera del EEE y lo introduce en el territorio del EEE.
Usted no se considera un importador si:
- su distribuidor con sede fuera del EEE ha nombrado a un representante exclusivo con base en el EEE para registrar la sustancia. En ese caso se le considerará un usuario intermedio.
Sus obligaciones dependen del tipo de producto que importe (sustancias, mezclas o artículos). Lea más sobre este tema en la página de inicio para importadores.