Presentación de información sobre el funcionamiento del Reglamento PIC

El artículo 22 del Reglamento PIC exige a la Comisión que informe cada tres años sobre el desempeño del Reglamento PIC. A este fin, los Estados miembros y la ECHA envían a la Comisión información sobre el funcionamiento de los procedimientos en virtud del Reglamento PIC. A continuación, la Comisión elabora un informe en el que se integra la información suministrada por los Estados miembros y la ECHA. Un resumen de dicho informe se publica en internet y se transmite al Parlamento Europeo y al Consejo.

Las aportaciones de la ECHA a la Comisión también se publican en el sitio web de la ECHA en forma de un informe. Se estructura en torno a un cuestionario facilitado por la Comisión.

El informe de la ECHA ofrece una visión general de la ejecución de sus tareas, tal como se establecen en el artículo 6 del Reglamento PIC. No solo proporciona las principales cifras de los distintos tipos de presentaciones sectoriales tramitadas por la ECHA durante el período de referencia, sino también una estimación cualitativa de cómo funcionan los procedimientos con arreglo al Reglamento PIC en relación con sus objetivos y los recursos que se les han asignado. En particular, su objetivo es determinar cómo funciona la colaboración entre los distintos agentes implicados, y en particular la ECHA, las autoridades nacionales designadas de los Estados miembros de la UE y la Comisión, y cómo podría mejorarse aún más, llegado el caso.

El informe de la ECHA también describe la evolución del sistema informático de apoyo a la aplicación del Reglamento PIC (ePIC) y las observaciones recibidas al respecto, así como el modo en que los datos de los procesos PIC se encuentran disponibles a través del sitio web público de la ECHA.

Por último, el informe de la ECHA ofrece la oportunidad de identificar posibles mejoras del propio Reglamento PIC o de su práctica de aplicación, con el fin de hacerlo aún más eficiente e influyente.