Clasificación y etiquetado

La clasificación y el etiquetado son el punto de partida de la comunicación de peligros y elementos importantes al garantizar que la salud humana y el medio ambiente estén protegidos de las sustancias químicas nocivas.

Seguir las normas del Reglamento relativo a la clasificación, el etiquetado y el envasado (CLP) es también un requisito previo para la libre circulación de sustancias, mezclas y artículos.

Una vez clasificada la sustancia o mezcla, los peligros identificados deben comunicarse a los agentes de la cadena de suministro, incluidos los consumidores.

La etiqueta contiene información sobre los peligros identificados. La clasificación, junto con una etiqueta y una ficha de datos de seguridad adjunta, indica al usuario los peligros asociados a la sustancia o mezcla, y cómo se utiliza de forma segura.

 

Mantenga al día su clasificación y etiquetado

 

  • Incluya siempre información sobre clasificación y etiquetado en su registro, sea cual sea el intervalo de tonelaje.
  • Evalúe los peligros intrínsecos de la sustancia utilizando los criterios del Reglamento CLP.
  • Asegúrese de que la clasificación armonizada comunicada para la sustancia se corresponda con la última actualización del anexo VI del CLP. Tenga en cuenta que su sustancia puede formar parte de una entrada grupal.

 

Clasifique correctamente las sustancias multiconstituyentes y UVCB
  • Cuando clasifique una sustancia que contenga impurezas, aditivos o varios constituyentes (una sustancia multiconstituyente o UVCB), base la clasificación en la información pertinente que exista sobre la sustancia.
  • Cuando clasifique propiedades carcinógenas, mutágenas o tóxicas para la reproducción (CMR) o evalúe las propiedades de bioacumulación y degradación en la clase de peligro «Peligroso para el medio ambiente acuático», base la clasificación de la sustancia en información sobre los constituyentes conocidos.
  • Si los datos sobre la sustancia multiconstituyente o UVCB indican efectos más severos que los datos sobre los distintos constituyentes (esto puede ocurrir en la clasificación de CMR o efectos pertinentes para las propiedades de bioacumulación o degradación), utilice los datos más severos para la clasificación.
  • Con respecto a las clases de peligro distintas a CMR, si no se dispone de datos sobre la sustancia, utilice los datos de los constituyentes para llevar a cabo la clasificación de acuerdo con las reglas de la mezcla.

 

Actualice su notificación C&L

El artículo 41 del CLP exige que los notificadores y los solicitantes de registro hagan todo lo posible para presentar una entrada acordada para la misma sustancia. Los cambios en las clasificaciones notificadas deben presentarse ante la ECHA en un plazo de 6 meses a partir de la decisión de cambiar la clasificación.