ECHA's activites under Batteries Regulation

Entender las pilas y baterías Duplicado 1

La ECHA apoyará a la Comisión Europea a través de:

  1. la asistencia en la elaboración del informe sobre las sustancias preocupantes presentes en pilas o baterías o utilizadas para su fabricación (artículo 6, apartado 5);
  2. la preparación, si así lo solicita la Comisión, de una propuesta de restricción de las sustancias utilizadas en la fabricación de pilas o baterías o presentes en ellas cuando se introducen en el mercado (artículo 86). Esto puede ocurrir si la Comisión considera que la sustancia utilizada para fabricar pilas o baterías o presente en ellas cuando se introducen en el mercado o durante las fases de tratamiento y reciclado de residuos supone un riesgo para la salud humana o el medio ambiente que no está adecuadamente controlado en el Espacio Económico Europeo (EEE);
  3. la emisión de un dictamen sobre la eficacia de la propuesta de restricción para controlar el riesgo (a través del Comité de Evaluación del Riesgo, CER) y el impacto socioeconómico (a través del Comité de Análisis Socioeconómico, CASE) (artículo 87).

Los requisitos y procedimientos para la elaboración de una propuesta de restricción y la posterior adopción de restricciones en virtud del Reglamento relativo a las pilas y baterías se ajustan a los del Reglamento REACH. Entre ellos figuran las evaluaciones de los comités de la ECHA, las consultas a las partes interesadas, la publicación de todos los documentos pertinentes durante las diferentes etapas del proceso en el sitio web de la ECHA y la adopción de la restricción por parte de la Comisión.