Autorización de biocidas
Autorización de biocidas
Todos los biocidas deben obtener una autorización previa a su comercialización. Las empresas pueden elegir entre varios procedimientos alternativos, en función de su producto y del número de países en que deseen venderlo.
Si el producto va a ser comercializado en un solo mercado, bastará con la autorización de ese país.
Si la empresa desea comercializarlo en varios países, puede solicitar el reconocimiento mutuo para la autorización del producto.
El titular de la autorización puede solicitar la renovación de una autorización a la autoridad competente del Estado miembro (ACEM) que concedió la autorización. Si se trata de una autorización de reconocimiento mutuo, la solicitud de renovación debe presentarse a la ACEM de referencia y a todas las ACEM correspondientes.
El Reglamento sobre biocidas introduce una nueva alternativa para las empresas que deseen solicitar una autorización única en toda la Unión Europea.
Existe también un procedimiento de autorización simplificada para los productos que cumplen determinados criterios especificados en el Reglamento, es decir, los que no contienen sustancias de posible riesgo